El derecho al olvido” es un tema recurrente en lo que respecta a la privacidad de la red. Un tema complejo, y difícil de abordar, ya que engloba bajo su manga varios aspectos técnicos, sociales y económicos que no tienen una fácil solución en el modelo legislativo actual.


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En esencia, podríamos definir “El derecho al olvido” como un derecho que permitiría a cualquier usuario a obligar a la empresa de X servicio a eliminar el contenido que se haya publicado sobre sí mismo.  Como ya habíamos comentado en referencia a las redes centralizadas, y más concretamente en el modelo social que un servidor proponía recientemente para la gestión de contenido en ellas, actualmente todo el contenido que vertemos en las redes sociales pasa a ser posesión de la empresa (el timeline de vuestros perfiles sociales no es vuestro, que os quede claro), y por tanto éstas no están obligadas a eliminarlo por petición del usuario (tenemos derecho a desindexar un perfil social, pero no el contenido albergado en el mismo). Aunque por supuesto esta medida, como usuarios, nos interesa, ofrece un discurso también oscuro, como es la posibilidad de que una empresa obligara a un blogger a eliminar una entrada por el simple hecho de que se hable mal de su producto (cohibiendo entonces la libertad de expresión) y las dificultades técnicas y logísticas de llevar a cabo esto de forma masiva (imaginemos miles de personas al unísono queriendo eliminar alguna entrada antigua, alguna foto o vídeo en la que salen mal, o que no desean que pueda aparecer en una búsqueda).

Así es como desde hace años este derecho está puesto sobre la mesa, con el antecedente histórico de EU (ES), donde el gobierno dio la razón a Google sobre un caso semejante.

Sin embargo, vuelve a la palestra en California (EN), donde los menores de edad tendrán derecho al olvido siempre y cuando el contenido publicado en la red haya sido publicado por uno mismo. Además, hay que matizar que la empresa contra la que se presente el derecho al olvido tiene la obligación de eliminarlo de la vista del resto de internautas, pero no de eliminarlo de sus discos (por lo que en esencia puede seguir explotando el valor de esos datos).

Y me asaltan las dudas, ya que por un lado entiendo que es un movimiento acorde con el usuario, bien delimitado y sin la potestad de ser usado por el lobby para acallar bocas. Pero por otro temo su uso con fines menos morales, como sería el hecho de eliminar cualquier noticia que sí debería quedar registrada al lado del nombre (como podría ser un cargo por agresión o violación).

Un tema complicado de tratar (hasta dónde abrimos la veda), que habrá que ver como evoluciona, antes de tirarse a la piscina y afirmar rotundamente que es un acierto. Afortunadamente, hay situaciones más sencillas, como el caso de Spotbros, que en la nueva versión agrega el derecho al olvido (ES). Y ahí creo que no hay pero que valga, al tratarse de un servicio de mensajería instantánea que se entiende debería ser privado.