teletrabajo trabajo remoto

Tengo un compañero informático muy cercano que lleva una temporada mirando oportunidades para cambiar de su puesto actual de trabajo.


No es qué esté mal en la empresa que le paga mes a mes la nómina, pero en un entorno como el actual, donde muchas compañías no son capaces de valorar adecuadamente al “cliente interno” desincentivándolo para irse, algunos compañeros del metal han visto en esto de ir picando de flor en flor la mejor opción para ir creciendo profesionalmente.

El caso es que quedaría genial si dijese que este amigo tuvo una revelación con el confinamiento de 2020, y como le ha pasado, al parecer, a unos cuantos trabajadores en EEUU, ya no concibe la vida profesional sin poder realizarla en pijama desde su despacho, pero la realidad es que el trabajo en remoto ya era algo que deseaba desde antes de que el COVID llegase a nuestras vidas, y simplemente tras probar la miel en los labios y cambiar su contrato de presencial a remoto 100%, para ahora tener que volver desde hace medio año a la oficina dos veces por semana, pues no está por la labor.

Así pues, la idea era, por supuesto, encontrar un puesto donde cobrase más y pudiera trabajar en pijama todos los días de la semana.

La cuestión es que esto, en un país como España (y en líneas generales en la amplia mayoría de países desarrollados) parece casi una entelequia. Un El Dorado, más cercano al misticismo que a la realidad histórica.

Y no porque no se estén ofertando propuestas remotas. Sino porque para un porcentaje más que significativo de empresas, para colgarse el pin de oferta de trabajo en remoto solo hace falta ofertarlo durante un porcentaje mayoritario de las horas de trabajo.

¿50, 60, 80%? Que cada uno ponga el número que desee. Pero que este no sea 100, claro.

Cuando al teletrabajo lo llamamos trabajo en remoto

Revisando la hemeroteca, tenía guardado un artículo del bueno de David Bonilla defendiendo este tipo de etiquetas (ES).


En su caso, se hacía eco de las declaraciones de Brian Chesky —fundador y CEO de Airbnb—, que había anunciado la decisión de que sus empleados vivieran y trabajaran donde quisieran (EN).

Eso sí, podían hacer esto “casi siempre”, teniendo que presentarse en la oficina al menos una semana cada trimestre.

El propio David reconoce que en su compañía de recruiting cada vez que publican una oferta semejante les llueven las críticas de algunos potenciales interesados, y se pregunta dónde ponemos el límite.

A fin de cuentas, él mismo pensaba que trabajaba en remoto pese a tener que ir una vez al mes a Madrid:

Para mí, un puesto de trabajo remoto es aquel que puedes desempeñar desde cualquier lugar que desees, pero eso no implica que jamás debas pisar una oficina. Para mí, un puesto de trabajo remoto es aquel que puedes desempeñar separado físicamente de tus compañeros, pero eso no implica que nunca tengas que reunirte con ellos. Más allá del 80%, no es lo mismo tener que estar todos los martes en Narón de 9 a 5, que pasar por la oficina «algún día entre semana» o, mejor aun, que cada equipo decida cómo y cuándo quiere desvirtualizarse.

Y mira que suelo estar de acuerdo con David en muchas cosas, pero justo en esto discrepo, y por una sencilla razón:

Un trabajo que te exija un X% de presencialidad, requiere condicionar tu vida al trabajo

Mucho menos, por supuesto, que si fuera 100% presencial. Pero aún así lo condiciona.


Hablando del caso de David, que dice que dos o tres días al mes los pasa en Madrid y el resto en su casa de Galicia.

En esos dos o tres días, entiendo que o bien se queda con la familia que supongo tiene en Madrid, o bien alquila algo, o bien sigue teniendo piso en la capital. Algo que no siempre estará al alcance de la mayoría de trabajadores, y que incluso en el caso de que sea la propia compañía quien lo cubre, supone sí o sí “sacrificar” esos días completos por la empresa.

Que no son las 16 o 24 horas de trabajo únicamente. Si tienes que irte a otra ciudad que está a unos 700kms de distancia y quedarte ahí, realmente estás invirtiendo más de 48 o 72 horas entre viajes y la pura necesidad de pernoctar fuera de tu casa.

Y en el caso de que esos días de presencialidad se hagan en la propia ciudad donde resides, pues perfecto (mucho más cómodo), pero de nuevo es más que probable que este hecho te impida en la práctica, como decía el bueno de Brian Chesky, vivir y trabajar donde quieras.

¿Vas a irte a vivir a otra ciudad si tienes que pasar al menos un día cada X días en las oficinas de la ciudad donde vives?

¿Cogerías un trabajo mejor en la capital, viviendo tú fuera, si este te obliga a ir un día cada X días a las oficinas?

Lo puedes hacer, por supuesto, pero a costa nuevamente de sacrificar más que tu horario de trabajo. De condicionar tu vida personal y familiar a las condiciones que te impone la empresa, por muy en remoto que digan ser.


Dicho esto, cualquiera que me lea podría argumentarme que en los viajes de trabajo también pasa lo mismo, y es cierto. Pero es que en ese caso no estamos hablando de defenderlos como trabajo en remoto, sino que los llamamos… viajes de trabajo.

En el caso que me compete a mi, ya conté en alguna ocasión que la razón por la que en su día me salí de Telefónica fue precisamente porque quería un trabajo en remoto real, y no un 60/40 como era el que teníamos algunos en I+D.

Desde entonces no he vuelto a pisar una oficina si no es para reunirme con algún cliente… o porque había algún “sarao”.

Es más, en CyberBrainers tenemos oficina por el centro de Madrid… a la que no voy ni yo. Todo el equipo trabaja 100% en remoto, lo que además nos permite buscar profesionales y profesionalidad (que a veces no va de la mano) sin las ataduras geográficas que requiere la presencialidad.

Hemos tenido un chico de SEO que vivía en Indonesia, una diseñadora venezolana, dos creadores de contenido colombianos, un auditor de seguridad brasileño, otro senegalés…

No digo que sea para todo el mundo. Tampoco que sea la mejor opción (no la es, de hecho, para la mayoría de trabajadores). Pero es la filosofía que quiero que mi empresa siga.

Y si el día de mañana tengo, por temas de negocio, que obligar a la gente a trabajar en un espacio físico específico, me plantearé si ese es el negocio que quiero gestionar (que a lo mejor en ese momento es lo que me pide el cuerpo, a saber…).

En fin, que dejo por aquí mi forma de entender el trabajo en remoto. Tan subjetiva y partidista como parece.

Si por contrato hay unos días al mes/trimestre/año que sí o sí tienes que estar en algún sitio para realizar tu trabajo, no deberíamos considerarlo remoto, sino una suerte de teletrabajo parcial.

Genial en todo caso, pero no es lo mismo.

  • ¿Que trabajar en oficina tiene sus ventajas tanto para el trabajador como para la empresa? Soy consciente de ello.
  • ¿Que para hacer atractiva una oferta de trabajo hoy en día es importante subirse al carro de ofrecer remoto? También lo entiendo.

Pero las cosas, bajo mi subjetiva y partidista opinión, habría que llamarlas por su nombre.

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