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Prepárate que vienen curvas.

El Gobierno de España va a reclamar muchísima más información de cada cliente de un hotel o Airbnb. Datos como hasta la relación de las personas que se vayan a hospedar, por supuesto, siempre con fines de defensa contra el terrorismo.

Vamos, la excusa de siempre…

Todo gracias al cambio en el Real Decreto 933/2021 (ES), que entrará en vigor el 2 de diciembre. Esta normativa exigirá a los hoteles y otros alojamientos turísticos recopilar y enviar al Ministerio del Interior una cantidad significativamente mayor de datos sobre sus huéspedes.

¿Qué cambios introduce el Real Decreto 933/2021?

Tradicionalmente, los hoteles en España han estado obligados a recopilar una serie de datos básicos de identificación de sus huéspedes, como el nombre completo, dirección y fecha de expedición del documento de identidad. Esta información, que hasta ahora era enviada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, servía para mantener un control sobre el paradero de los ciudadanos dentro del país. Sin embargo, con la nueva normativa, la cantidad de datos que los alojamientos deben recopilar aumenta drásticamente, y estos datos serán enviados directamente a la Secretaría de Estado de Seguridad a través de una nueva plataforma.

Y para prueba, un botón.

Por aquí tienes la diferencia entre los datos que pedían hasta ahora, y los que quieren pedir a partir del 2 de diciembre:

datos hoteles gobierno

A partir del 2 de diciembre, los hoteles y otras empresas de alojamiento tendrán que recopilar información adicional, como el domicilio completo de los huéspedes, los datos de pago, y el parentesco o la relación entre las personas que comparten una habitación. Incluso se exigirá información sobre el método de pago, incluyendo detalles específicos de las tarjetas bancarias o el IBAN de la cuenta utilizada. Este nivel de detalle, sin precedentes en España, ha causado preocupación no solo entre los ciudadanos, sino también entre los propios hoteleros.

Un riesgo innecesario para la privacidad

El incremento en la cantidad de datos recopilados por los hoteles plantea una serie de riesgos en términos de privacidad. Según la normativa europea de protección de datos (GDPR), las empresas solo deben recolectar la información estrictamente necesaria para prestar el servicio en cuestión. En este caso, la recopilación de detalles como el parentesco entre los huéspedes o los datos bancarios va mucho más allá de lo necesario para gestionar una reserva hotelera.

Incluso la propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ya ha señalado que existe un riesgo de incumplimiento del principio de minimización de datos, según el cual solo deben recogerse los datos imprescindibles. La AEPD ha solicitado una evaluación de impacto sobre la protección de datos para determinar si la nueva normativa cumple con este principio.

Y recordemos que la AEPD es el organismo PÚBLICO encargado de velar por los datos de los ciudadanos. Si hasta ellos mismos se dan cuenta de la locura que supone esta medida…

Comparación con otros países de la UE

Una de las principales críticas a la nueva normativa es que va más allá de lo que se exige en otros países de la Unión Europea. En países como Francia, donde el riesgo de atentados terroristas es considerablemente más alto, la política de recopilación de datos es mucho más laxa. Allí, los hoteles recopilan información básica que solo es remitida a las autoridades si se considera necesario. En España, en cambio, se ha optado por una política de control más exhaustiva, lo que plantea dudas sobre la proporcionalidad de las medidas adoptadas.

El argumento del Ministerio del Interior es que este nivel de control es necesario para prevenir posibles ataques terroristas.

Recalco, la excusa de siempre (o los pederastas, o los terroristas). Sin embargo, muchos expertos en privacidad consideran que esta justificación no es suficiente para acreditar el cumplimiento del principio de minimización de datos. La mera existencia de un «interés» en la información no debe ser motivo para recopilar más datos de los necesarios. De hecho, el uso excesivo de datos personales puede abrir la puerta a problemas aún mayores, como el riesgo de vulneraciones de seguridad o de uso indebido de la información.

Un tema del cual ya hemos hablado múltiples veces por estos lares.

Las lagunas en la implementación

Además de los riesgos para la privacidad, también existe preocupación entre los hoteleros sobre la implementación práctica de esta normativa. El sistema de recogida y envío de datos, que se realizará a través de una plataforma del Ministerio del Interior, ha sido criticado por no funcionar de manera óptima durante las pruebas.

¿Sorpresa? ¡Una plataforma de la Administración Pública sin fallos de seguridad!

Esto puede dar lugar a errores en la transmisión de datos o incluso a incumplimientos involuntarios de la normativa por parte de los establecimientos.

La carga administrativa también es un aspecto relevante. Para muchos pequeños hoteles o propietarios de apartamentos turísticos, recopilar y enviar toda esta información de manera manual será una tarea complicada y costosa. Además, el hecho de que los datos sean introducidos de forma manual aumenta el riesgo de que se cometan errores, lo que podría dar lugar a sanciones.

¿Estamos ante un ‘Gran Hermano’?

Algunos críticos, entre los que me incluyo, han comparado esta nueva normativa con el concepto de «Gran Hermano», ya que el Estado tendría acceso a una cantidad enorme de datos sobre los movimientos y relaciones personales de los ciudadanos. Saber quién se aloja con quién, cómo se paga una estancia o con qué frecuencia alguien viaja dentro del país puede dar lugar a un nivel de vigilancia que muchos consideramos inaceptable.

El problema, como en muchas otras medidas de seguridad, es encontrar el equilibrio adecuado entre la necesidad de protección y el respeto a la privacidad. En este caso, el riesgo es que se sobrepase esa línea, y que el ciudadano pierda el control sobre su propia información personal.

Al menos un servidor lo tiene claro…

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