herencia digital

Hace unos días publicaba una pieza contando un caso que nos hemos encontrado recientemente en CyberBrainers, con un cliente al que no ha sido posible recuperar su cuenta de Youtube… por un problema con la gestión de cuentas heredadas en Google.

Al final del mismo, de hecho, concluía con un escueto:

Un ejemplo más de cómo este tipo de problemáticas nos afectan a todos, ya seamos pequeños o grandes, ya seamos digitales o no.

Y un aviso a navegantes de aquí al día de mañana. Tanto a nivel personal como corporativo, por cierto.

De esto último precisamente quería hablar hoy, y es que conforme más y más servicios se digitalizan, y más y más servicios pasan a depender de segundos factores asociados a un número de teléfono, asociado a su vez a una cuenta bancaria asociada a la identidad de una persona, entramos en la problemática de que, en el momento en que esta persona fallezca, lo mismo sus familiares son literalmente incapaces de recuperar acceso a sus bienes, sean o no digitales.

Quería hablar en este artículo de la gestión de una herencia digital. O, mejor dicho, de la problemática que entraña.

Herencias digitales: pongámonos en antecedentes

Tarde o temprano a todos nos va a tocar enfrentarnos a ese complicado momento el que, bien sean nuestros padres, nuestros abuelos, o el familiar que sea, fallece, y además de llorar su pérdida, tenemos que hacer las gestiones administrativas oportunas para dejar toda la parte legal y económica cerrada.

Que da igual si hay más o menos herencia en juego. La realidad es que más nos vale hacerlo, sino queremos que incluso su muerte suponga aún mayores dolores de cabeza a los que quedamos con vida.

A un servidor (o, mejor dicho, a mi familia) le tocó hace un par de años con la muerte de mi abuela por el dichoso COVID.

Tengo que reconocer que de casi todo se encargó mi madre, más que nada porque estábamos confinados, y yo vivo a más de 500kms de distancia, pero básicamente hablamos de ponernos en contacto con el banco y con los diferentes órganos de la administración pública, para que le dieran de baja tanto con la pensión como con los servicios que tenía contratados, que en su caso y principalmente era el pago de la residencia.

No fueron muchos trámites, más que nada porque con anterioridad ya habíamos hecho parte del trabajo. Su teléfono estaba a nombre de mi madre, en su cuenta bancaria estaba también mi madre y mi tía, y hablamos de una persona mayor, que por razones obvias tampoco tenía contratados muchos servicios.

Lo que más nos llevó tiempo fue el tema de la casa, y todo complicado por el tema del confinamiento y la limitación de aforo en los meses posteriores.

Pero ya, quiero pensar, que todo ha quedado cerrado.

La cuestión es que ahora pienso qué pasará cuando yo fallezca.

Si es que hay alguien que vaya a heredar mi imperio (¡sic!), la cosa va a estar bastante más complicada. Y voy a obviar el tema de la empresa, ojo, aunque de nuevo eso será otro jaleo más a considerar. Pero como afortunadamente no todos somos emprendedores-empresarios, me centraré solo en la parte puramente personal:

  • Como todo hijo de vecino, tengo cuenta bancaria: Varias, de hecho. Todas, eso sí, con el mismo banco (vivo al límite), así que aquí el problema será el mismo que el de cualquier fallecido del siglo XX.
  • También tengo propiedades a mi nombre: Concretamente, el duplex en Asturias. De nuevo, el mismo problema de una herencia tradicional.
  • No tengo (por ahora) hipotecas ni préstamos pendientes de pago: Así que aquí daré un poco menos problemas que la mayoría de fallecidos, quiero pensar.
  • Tengo un plan de pensiones: Pero está con mi banco de confianza, así que el problema debería ser semejo a los anteriores.
  • Tengo dos planes de inversión: Aquí empiezan los problemas, ya que estos dos planes de inversión no son con bancos «tradicionales», sino con servicios online de bancos de ámbito europeo. Para acceder a ellos, hay que hacerlo desde mi teléfono, y tampoco cuentan con oficinas a pie de calle donde puedas presentarte con los papeles de defunción…
  • Las carteras de criptomonedas: Tengo tres, aunque el grueso del dinero lo tengo en una… que depende nuevamente de mi número de teléfono.
  • Todos los servicios contratados de forma digital: Algunos también económicos, como puede ser Payoneer o PayPal. Y que van a seguir cobrándose en la cuenta bancaria hasta que alguien pueda cancelarlos. Lo que conlleva dedicar no pocas horas en ir uno a uno parándolos (desconozco si el banco tiene alguna manera para hacerlo todo de golpe y facilitarnos la vida), y de paso, poder acceder a mis dispositivos, desde donde ya estoy logueado…

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El contrato telefónico, el acceso a los dispositivos y el correo

Todo esto conlleva, de cara a poder gestionar una herencia digital, el que la persona o personas encargadas tengan acceso a:

  • El número de teléfono: Que, como decía, es pilar fundamental de acceso a buena parte de los servicios digitales que tengo contratados, y que por tanto habrá que mantener durante al menos varios meses hasta que todo se haya gestionado correctamente.
  • Mis cuentas de emails: Otro de los factores de acceso a mis servicios y cuentas digitales. Que, para colmo, y en algunos casos dependen de un dominio corporativo, y que por tanto requieren que dicho dominio siga en funcionamiento (se haya pagado su factura anual) para que siga funcionando.
  • El acceso físico a mis dispositivos: Todos protegidos por un código PIN y por lector de huella. El segundo estando yo fallecido ya no podrá usarse, pero el primero… es necesario si quieren tener acceso, por ejemplo, al Google Authenticator, que es el sistema de 2FA que utilizo… para acceder a la mayoría de mis cuentas.

Hablamos de una serie de acciones que claramente no son sencillas, y que en muchos casos, por no haber dejado los deberes hechos, probablemente se queden inoperativas.

De todo ello, por ejemplo, me preocupan mis planes de inversión, y todas las cuentas donde tengo dinero.

En total, probablemente hablemos de que el 40% de toda la liquidez que tengo hoy en día está en servicios digitales, que pueden o no ser bancarios, pero que requieren sí o sí de una serie de acciones digitales para su acceso, sin posibilidad de ir físicamente a un sitio para resolver un fallecimiento de un titular.

cuenta fallecido herencia

Los sistemas de gestión de cuentas de fallecidos

El problema que le veo a todo esto es que cada servicio gestiona a su manera el acceso de un tercero frente a una defunción a dichas cuentas, contando a veces con una herramienta de migración o acceso dedicada a tal situación, y en otras sin una forma oficial de seguir.

En mi caso, por ejemplo, he apostado todo por la herramienta de cuentas inactivas de Google (ES).

Actualmente la tengo configurada para que, si en 3 meses no accedo a ninguno de los servicios de Google (es el mínimo que te deja, aunque en mi caso, que entro varias veces cada día, preferiría que me dejaran ponerlo en uno o dos meses), le envíe un correo a Èlia explicándole cómo puede acceder a todos mis servicios digitales (los más importantes al menos), y también le da acceso a mi cuenta de Google.

Y digo que es un apaño, porque realmente… para entonces quizás ya haya algunos servicios que hayan dejado de ser accesibles, si por ejemplo no se ha podido cobrar el coste del dominio o me han cancelado el hosting (y por tanto el servidor de correo).

Google cuenta no obstante con algunas herramientas semejantes dirigidas a recuperar la cuenta de un fallecido (ES), pero son herramientas muy limitadas (te permiten cerrar la cuenta o bien recuperar sus datos, no gestionarla de forma directa), y en todo caso en la página en cuestión te animan a que previamente hayas configurado el administrador de cuentas inactivas.

En fin, que le veo un problema de muy difícil solución.

Y un problema que se irá agravando cada vez más, conforme más y más servicios del mundo real se digitalicen…

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